El SEBC, el Eurosistema, el BCE y los bancos centrales nacionales

El SEBC y el Eurosistema

El Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC), que se establece en el Tratado de la Unión Europea (TUE), está compuesto por el Banco Central Europeo (BCE) y los bancos centrales nacionales de todos los Estados miembros de la Unión Europea (UE), independientemente de que hayan adoptado el euro o no.

El Eurosistema, por su parte, agrupa al BCE y los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro.

Así pues, mientras haya Estados que conserven sus divisas nacionales, se mantendrá la distinción entre el Eurosistema y el SEBC.

El BCE

El BCE es un organismo supranacional con personalidad jurídica propia, de acuerdo con el derecho público internacional, que constituye el núcleo del Eurosistema y del SEBC.

El BCE se creó el 1 de junio de 1998 en Fráncfort y asume desde entonces las funciones del Instituto Monetario Europeo (IME). Desde el 1 de enero de 1999 se hace cargo de la instrumentación de la política monetaria de la zona del euro.

Los bancos centrales nacionales

Los bancos centrales nacionales tienen personalidad jurídica propia, según la legislación nacional de sus respectivos países.

Los bancos centrales nacionales de la zona del euro integran el Eurosistema y, como tales, ejecutan las funciones que tienen encomendadas con arreglo a las normas establecidas por el BCE.

Los bancos centrales nacionales pueden ejercer de manera autónoma otras funciones ajenas al Eurosistema, siempre que el Consejo de Gobierno considere que no interfieren en las tareas y objetivos del Eurosistema.