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DG de Estabilidad Financiera, Regulación y Resolución

Responsables

El actual director general de la Dirección General de Estabilidad Financiera, Regulación y Resolución es Ángel Estrada.

Departamentos

  • Estabilidad Financiera y Política MacroprudencialDirector: Carlos Pérez Montes
  • Información Financiera y Central de Información de Riesgos (CIR)Directora: Carmen Fernández Durán Subdirector/a: (Vacante)
  • Regulación Director: Daniel Pérez Cid
  • Resolución Director: Miguel Alexander Kruse

Funciones

La Dirección General de Estabilidad Financiera, Regulación y Resolución tiene a su cargo:

  • El análisis y seguimiento de la estabilidad financiera, también en lo relativo al Consejo de Estabilidad Financiera. Asimismo, se encarga de la elaboración del Informe de Estabilidad Financiera del Banco de España.
  • El análisis y la formulación de propuestas de política macroprudencial, interaccionando en lo necesario con el Banco Central Europeo y con la Junta Europea de Riesgo Sistémico.
  • La preparación de informes y propuestas relativos a la elaboración de normativa de ordenación y disciplina de entidades sujetas a la supervisión del Banco de España, en coordinación con la Dirección General afectada por la materia, así como la tramitación de consultas externas en relación con la interpretación y aplicación de la misma, salvo en materias de contabilidad bancaria, conducta de mercado, transparencia bancaria y protección de la clientela.
  • La contribución a la definición de la política regulatoria en aspectos técnicos y económicos en el marco del Consejo de Estabilidad Financiera, del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea y de la Autoridad Bancaria Europea. A tal fin, se coordina con otras áreas del Banco, en especial la Dirección General de Supervisión, y eleva a los órganos del Banco los informes y propuestas pertinentes.
  • La ejecución de todas las funciones en materia de resolución que atribuya la legislación al Banco de España, en el marco del Mecanismo Único de Resolución.
  • La elaboración, en coordinación con la Dirección General afectada por la materia, de proyectos de normativa sobre la información que con carácter periódico deban remitir al Banco de España las entidades sujetas a su supervisión o a la del Mecanismo Único de Supervisión.
  • La recepción, el control de calidad, la custodia y, en su caso, la difusión de la información que con carácter periódico deban remitir al Banco de España las entidades sujetas a su supervisión o a la del Mecanismo Único de Supervisión, así como de la información periódica que deban remitir en el ámbito del Eurosistema.
  • La gestión de la Central de Información de Riesgos del Banco de España, y la supervisión del cumplimiento de su normativa, elevando a los órganos del Banco los informes y propuestas correspondientes, incluyendo las de adopción de medidas preventivas, disciplinarias o cautelares.