El Banco de España, en el ámbito de sus competencias, participa activamente en los diversos organismos internacionales que tratan el tema de la resolución.
Junta Única de Resolución
La Junta Única de Resolución (JUR) es la autoridad central de resolución dentro de la Unión Bancaria y junto con las Autoridades Nacionales de Resolución de los Estados miembros participantes, forma el Mecanismo Único de Resolución (MUR).
La JUR trabaja en estrecha colaboración con las Autoridades Nacionales de Resolución, la Comisión Europea, el Banco Central Europeo (BCE) la Autoridad Bancaria Europea (EBA por sus siglas en inglés) y las autoridades nacionales competentes.
Fue constituida en virtud del Reglamento (UE) n.º 806/2014 sobre el Mecanismo Único de Resolución (Reglamento del MUR) e inició sus actividades como agencia independiente de la Unión Europea en enero de 2015. Su papel principal es garantizar la resolución ordenada de los bancos en quiebra, con una repercusión mínima en la economía real, el sistema financiero, y las finanzas públicas de los EM participantes y otros países. La JUR está facultada para tomar decisiones en relación con entidades o grupos significativos y grupos transfronterizos. Además, tiene una función de control y homogeneización de la planificación de la resolución de las entidades menos significativas (artículo 7.3 Reglamento del MUR).
En cuanto a sus órganos de gobierno, dependiendo de los temas a tratar, la JUR se reúne en sesión ejecutiva restringida, compuesta por el presidente, vicepresidente y 4 miembros a tiempo completo. También pueden acudir como observadores el BCE, Comisión Europea y EBA. También se puede reunir en sesión ejecutiva extendida, cuando se traten temas de un banco en concreto. A la composición anterior se añadirán los miembros de las ANR que correspondan. Por último, la JUR se reúne en su sesión plenaria, esta está compuesta por el presidente, los cuatro miembros a tiempo completo y los representantes de todas las ANR.
El Banco de España tiene una participación destacada en las actividades de la JUR, tanto mediante su asistencia a las reuniones de su sesión plenaria, en las que se adoptan decisiones relativas al funcionamiento del marco de resolución aplicable, así como participando en los distintos grupos de trabajo constituidos por los Estados miembros, en los que se debaten y elaboran las políticas aplicables a las entidades en materia de resolución. El Banco de España también colabora activamente en los trabajos de los diferentes comités de la JUR (como el Comité Administrativo y Presupuestario, Comité de Resolución o el Comité del Fondo).
Autoridad Bancaria Europea
La Autoridad Bancaria Europea (EBA por sus siglas en inglés) es una autoridad independiente de la Unión Europea (UE) que trabaja para garantizar un nivel efectivo y coherente de regulación y supervisión prudencial en todo el sector bancario europeo. Sus objetivos generales son mantener la estabilidad financiera en la UE y velar por la integridad, la eficiencia y el correcto funcionamiento del sector bancario.
La EBA forma parte del Sistema Europeo de Supervisión Financiera (SESF), que está compuesto por tres autoridades de supervisión: la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA), la Autoridad Bancaria Europea (EBA) y la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (EIOPA). El sistema también abarca a la Junta Europea de Riesgo Sistémico (JERS), así como al Comité Mixto de las Autoridades Europeas de Supervisión y las autoridades nacionales de supervisión.
La función principal de la EBA es contribuir, mediante la adopción de guías y normas técnicas vinculantes, a la creación del código normativo único para el sector bancario, contribuyendo a crear unas condiciones de competencia equitativas y ofreciendo un alto grado de protección a los depositantes, los inversores y los consumidores. La EBA también desempeña un importante papel en el fomento de la convergencia de las prácticas de supervisión con vistas a garantizar una aplicación armonizada de las normas prudenciales. La EBA se encarga, asimismo, de evaluar los riesgos y las vulnerabilidades del sector bancario de la UE, mediante informes periódicos de evaluación de riesgos y pruebas de resistencia a nivel paneuropeo. Otras tareas establecidas en el mandato de la EBA son la investigación de las deficiencias en la aplicación del Derecho de la UE por las autoridades nacionales, la toma de decisiones en situaciones de emergencia, la mediación en los casos de desacuerdo entre las autoridades competentes en situaciones transfronterizas y el ejercicio de la función de órgano asesor independiente ante el Parlamento Europeo, el Consejo o la Comisión.
La EBA desarrolla sus funciones a través de grupos de trabajo técnicos y comités permanentes, en los que el Banco de España está representado, donde todas las directrices y guías se debaten entre las autoridades nacionales antes de su publicación. Además, cuando procede, se llevan a cabo consultas públicas abiertas en relación con dicha normativa, a fin de asegurar que todas las partes interesadas puedan contribuir a las futuras normas y directrices sobre el sector bancario.
Consejo de Estabilidad Financiera
El Consejo de Estabilidad Financiera (FSB, por sus siglas en inglés) es un organismo internacional que monitorea y hace recomendaciones sobre el sistema financiero global. Busca fortalecer los sistemas financieros y aumentar la estabilidad de los mercados financieros internacionales.
El FSB promueve la estabilidad financiera internacional mediante la coordinación de las autoridades financieras nacionales y los organismos internacionales de establecimiento de normas que trabajan para desarrollar políticas sólidas de regulación, supervisión y otras políticas del sector financiero. Fomenta la igualdad de condiciones al fomentar la implementación coherente de estas políticas en todos los sectores y jurisdicciones.
La estructura del FSB comprende el Plenario como único órgano de toma de decisiones, un Comité Directivo que lleva a cabo las decisiones del Plenario y cuatro Comités Permanentes, cada uno con responsabilidades específicas pero complementarias:
- El Comité Permanente de Evaluación de Vulnerabilidades (SCAV, por sus siglas en inglés), que es el principal mecanismo para identificar y evaluar riesgos en el sistema financiero.
- El Comité Permanente de Cooperación (SRC, por sus siglas en inglés) en materia de Supervisión y Reglamentación, que está a cargo de llevar a cabo un análisis de supervisión adicional o formular una respuesta de política regulatoria o de supervisión a una vulnerabilidad material identificada por SCAV.
- El Comité Permanente de Implementación de Estándares (SCSI, por sus siglas en inglés), que es responsable de monitorear la implementación de las iniciativas de políticas y estándares internacionales acordados por el FSB.
- Comité Permanente de Presupuesto y Recursos (SCBR, por sus siglas en inglés), que se encarga de informar al Plenario de las necesidades de recursos y las opciones de captación independiente de recursos, así como del presupuesto anual.
Las decisiones del FSB no son legalmente vinculantes pero sus miembros se comprometen a mantener la estabilidad financiera e implementar los estándares financieros internacionales y aceptan someterse a revisiones periódicas.
El gobernador del Banco de España es miembro del Comité Director del Consejo de Estabilidad Financiera. Banco de España tiene también representación en el Resolution Steering Group (ReSG, por sus siglas en inglés), que lidera trabajos sobre aspectos relacionados con la resolución de entidades de crédito, aseguradoras y empresas de servicios de inversión. Además, forma parte de los distintos grupos de trabajo constituidos bajo su responsabilidad, como el Cross-Border Crisis Management Group.