Intermediarios de crédito inmobiliario y Prestamistas inmobiliarios

La Circular 4/2021, de 25 de noviembre, del Banco de España, a entidades de crédito y otras entidades supervisadas, sobre modelos de estados reservados en materia de conducta de mercado, transparencia y protección de la clientela, y sobre el registro de reclamaciones, establece la información y los modelos de estados que las entidades supervisadas tienen que elaborar en materia de conducta.

En concreto, el apartado 6 de la norma 6 y el anejo 1 de la Circular 4/2021 establecen que los prestamistas inmobiliarios (PI) y los intermediarios de crédito inmobiliario (ICI) deben enviar al Banco de España semestralmente el estado reservado CPI 1 “Actividad de prestamistas inmobiliarios e intermediarios de crédito inmobiliario. Negocios en España”. No obstante, estarán exentas de reportar este estado las personas físicas registradas en el Banco de España como ICI.

La información relativa al estado CPI 1 es la siguiente:

Adicionalmente, en el siguiente enlace están disponibles la totalidad de los estados reservados en materia de conducta de mercado y reclamaciones:

Directo a...

SIF Sistema de Intercambio de Información Financiera (necesario certificado PKI)