Registros de entidades

Datos actualizados: 6 de febrero de 2025

 



    Los Registros de Entidades ofrecen los datos identificativos de las entidades Archivo PDF: Abre en nueva ventana (43 KB) supervisadas por el Banco de España o por el Banco Central Europeo, en el marco del Mecanismo Único de Supervisión.

    Asimismo se incluye información sobre las actividades que están autorizadas a realizar algunos tipos de entidades. La información disponible incluye datos actuales e históricos, variaciones mensuales y la situación a 31 de diciembre de cada año. 

    El Registro de intermediarios de crédito inmobiliario y prestamistas inmobiliarios Archivo XLSX: Abre en nueva ventana (68 KB) regulados por la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (LCCI), actualmente registrados en el Banco de España y en las Comunidades Autónomas, atendiendo a su ámbito geográfico de actuación.

    Tenga en cuenta que la inscripción en este Registro requiere el cumplimiento de todos los requisitos señalados en la Ley 5/2019 y sus normas de desarrollo. La obtención del certificado de formación es un requisito necesario, pero no suficiente, para la inscripción en este Registro.

    La revocación de la inscripción no comporta la supresión de los datos del operador inscrito, sino su traspaso a estado "baja", de conformidad con lo previsto en los artículos 31.2 y 32.2 de la Ley 5/2019.

    Puede consultar los órganos competentes para el registro y supervisión de los intermediarios de crédito inmobiliario y prestamistas inmobiliarios en cada Comunidad Autónoma pulsando aquí así como, los órganos competentes para el registro de los intermediarios de crédito inmobiliario en los Estados miembros de la Unión Europea en el siguiente enlace.Abre en nueva ventana

    El Registro de proveedores de servicios de cambio de moneda virtual por moneda fiduciaria y de custodia de monederos electrónicos Archivo XLSX: Abre en nueva ventana (11 KB) recoge los datos identificativos de estos proveedores, de conformidad con la Disposición Adicional Segunda de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo (“Ley 10/2010”). Desde el 30/12/2024 este Registro ha sido suprimido, sin perjuicio de su mantenimiento a los solos efectos informativos sobre aquellas inscripciones practicadas antes de esa fecha y que, por lo tanto, se pueden acoger al régimen transitorio previsto en el artículo 143 del Reglamento MiCA.

    No obstante lo anterior, se recuerda que la inscripción en este registro estaba únicamente condicionada (i) a la existencia de procedimientos y órganos adecuados de prevención de blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo, y (ii) al cumplimiento de los requisitos de honorabilidad comercial y profesional. 

    La Ley 10/2010 incluía a estos proveedores como sujetos obligados a sus efectos e introducía una obligación de registro en el Banco de España; no obstante, no establecía normas de supervisión financiera, prudencial, gobierno corporativo, seguridad tecnológica, ni de conducta de mercado o transparencia informativa. El Banco de España no supervisaba, por ejemplo, los riesgos financieros u operativos y de seguridad de estos negocios ni tiene ninguna competencia en materia de conducta sobre estos proveedores.
    Por lo tanto, la inscripción en este registro no implicaba aprobación o verificación alguna de la actividad realizada por los proveedores de servicios de cambio de moneda virtual por moneda fiduciaria y de custodia de monederos electrónicos por parte del Banco de España.

     

    Banco de España publica esta información en cumplimiento de una obligación legal.

    Los datos contenidos en esta web tienen valor meramente informativo. Esta web no da fe del contenido de los asientos de los registros del Banco de España. Sólo la certificación acredita, en perjuicio de tercero, la información a que hace referencia esta web.

    Puede obtener información sobre cómo solicitar una certificación del contenido de los registros oficiales del Banco de España pulsando aquíAbre en nueva ventana

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