Responsables
La actual directora general de Supervisión es Mercedes Olano y los directores generales adjuntos de Supervisión I y de Supervisión II son Francisco Monzón y Agustín Pérez Gasco, respectivamente.
Departamentos
- Estrategia Supervisora y Riesgo Tecnológico Director: Julio Hernáez
Subdirector: José Miguel del Río
- EMS y otras fuera del ámbito del MUS Director: Javier del Río
Subdirectora: Isabel Bueno
- Entidades Significativas I Director: José Antonio Gracia Subdirectora: Sonsoles Eirea
- Entidades Significativas II Director: Antonio MorilloSubdirector: Luis F. Díez
- Funciones Horizontales Directora: Susana CamiñasSubdirector: Ignacio Marín
- Inspecciones, Modelos Internos y PBC Directora: Bárbara Olivares Subdirector/a: (Vacante)
Funciones
- La supervisión de la solvencia y el cumplimiento de la normativa de ordenación y disciplina de las entidades de crédito, en el marco del Mecanismo Único de Supervisión, y del resto de entidades y mercados financieros sujetos a la supervisión del Banco de España. A tal fin, le corresponde: llevar a cabo un proceso de supervisión continuada de las entidades supervisadas y sus grupos, así como de las de sus accionistas, administradores y gestores, a través del análisis de la información disponible y de visitas de inspección.
- Formular las propuestas necesarias para la adopción de medidas preventivas, disciplinarias o cautelares respecto a las citadas entidades, grupos y personas.
- Contribuir a la definición de la política supervisora del Banco de España, en coordinación con otras áreas del Banco, en especial la Dirección General de Estabilidad Financiera, Regulación y Resolución, en los ámbitos nacional e internacional, salvo en materia de funcionamiento de los sistemas e instrumentos de pago, provisión de servicios de pago, reserva de actividad y de denominación respecto de personas no inscritas en los registros del Bando de España, conducta de mercado, transparencia bancaria y protección de la clientela, elevando a los órganos del Banco los informes y propuestas pertinentes.
- Informar, proponiendo resolución cuando proceda, sobre las solicitudes de entidades de crédito y otros agentes financieros que el Banco de España deba informar o autorizar, en las materias que se encomienden a esta Dirección General.
- Elaboración de proyectos de normas de contabilidad de las entidades de crédito y otras entidades supervisadas, y resolución de consultas sobre esta materia.