El Banco de España, de conformidad con el artículo 3.2 de la Ley 13/1994, lleva a cabo consultas públicas sobre propuestas de modificación de circulares o aspectos relacionados con cuestiones de carácter contable y financiero que están en estudio, con el fin de recabar la opinión de todas las partes interesadas.
Finalizado el plazo del proceso consultivo y analizados todos los comentarios, el Banco de España pone en marcha el proceso habitual de aprobación de circulares o guías.
Pero además, como miembro del Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) participa en las consultas públicas que pone en marcha el Banco Central Europeo (BCE), con el fin de recabar opiniones sobre determinadas cuestiones de carácter monetario y financiero.