EBA - Información armonizada

La Directiva 2013/36/UEAbre en nueva ventana relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito y las empresas de inversión, establece requerimientos de transparencia no sólo para las entidades de crédito (EC) y empresas de inversión (EI) europeas, sino también para sus respectivas autoridades supervisoras. En su Título VIII “Publicación de información por las autoridades competentes” se recogen los nuevos requerimientos de transparencia.

Para facilitar la comparación de la información supervisora de todos los países de la Unión Europea y según lo establecido en el artículo 143 de la Directiva, la Comisión Europea ha adoptado el Reglamento de ejecución 650/2014Abre en nueva ventana por el que se establecen las normas técnicas de ejecución en lo que respecta al formato, la estructura, el índice de contenidos y la fecha de publicación anual de la información que deben publicar las autoridades competentes.

La Autoridad Bancaria Europea (EBAAbre en nueva ventana, por sus siglas en inglés) y los diversos supervisores nacionales de entidades de crédito y de empresas de inversión publican, en sus respectivas páginas web, la información requerida en un medio y formato común y debidamente actualizada.

Las informaciones más específicas se publican en los sitios web de las distintas autoridades supervisoras.

En el caso de España, el Banco de España, elabora y es responsable de la información sobre las entidades de crédito y la CNMVAbre en nueva ventana de la información relativa a las sociedades de inversión. Esta información es publicada conjuntamente en: