Todas las entidades supervisadas por el Banco de España están obligadas a tener un Servicio de Atención al Cliente y, potestativamente, un Defensor del Cliente, conforme a lo dispuesto en la Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo.
El Banco de España verifica los reglamentos de funcionamiento del SAC de las entidades supervisadas y de los defensores del cliente de esas entidades, y los publica en su página web. También toma nota de los datos de contacto de esos servicios (titular del SAC o defensor del cliente y dirección postal) y los publica.
La aplicación que se ofrece a continuación le permite consultar la lista de todos los Servicios de Atención al Cliente y Defensores del Cliente. Si no ha sido nombrado o está pendiente de verificación, aparecerá como que no ha sido asignado.