De acuerdo con lo establecido en el artículo 90 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, corresponde al Banco de España la competencia para la instrucción y resolución de los expedientes a que se refiere su Título IV, pudiendo imponer las sanciones en él descritas y las medidas administrativas que, en su caso, procedan.
En el ejercicio de dicha competencia sancionadora y de conformidad con lo establecido en el art. 115.7 de la citada Ley, el Banco de España publica en su página web las sanciones y amonestaciones impuestas por infracciones graves y muy graves en el plazo de 15 días hábiles desde la fecha en que tales sanciones y amonestaciones sean firmes en vía administrativa pudiendo, en su caso, si así se acuerda, mantener confidencial la identidad del sujeto expedientado.
En cumplimiento de esta obligación, en el presente cuadro se incluye una referencia a las citadas sanciones y amonestaciones impuestas por el Banco de España desde la entrada en vigor de la Ley 10/2014 anteriormente citada, con indicación, en su caso, de los recursos en vía judicial contra la resolución sancionadora y el resultado de los mismos.
Otra información de interés