Servicios de caja

Las entidades de crédito son las encargadas, a través de las ventanillas de las oficinas bancarias y los cajeros automáticos, de proveer de efectivo a los ciudadanos. Para que puedan desarrollar esta actividad, el Banco de España pone a su disposición los billetes y monedas que necesitan, a través de dos servicios distintos. 

Servicio de caja ordinario

Es el servicio de caja que ofrece el Banco de España a aquellas entidades de crédito que se han adherido a las denominadas Cláusulas GeneralesAbre en nueva ventana. Este servicio supone una serie de ventajas en términos de flexibilidad horaria, puntos de retirada y entrega o volumen de las operaciones, entre otros.

Por su parte, al adherirse, las entidades se comprometen a remitir al Banco de España información estadística relativa al tratamiento y a la expedición de billetes y monedas, y a realizar determinados controles sobre la legitimidad y estado de uso de los billetes y monedas que ponen en circulación. 

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Servicio de caja ordinario. AdhesiónAbre en nueva ventana

Para realizar las solicitudes de disposición de efectivo y de los preavisos de ingresos, el Banco de España ha desarrollado una aplicación informática denominada GDI, Gestión de Disposiciones e Ingresos. Para poder hacer uso de esta aplicación, es necesaria la adhesión a los servicios electrónicos del Banco de España.Abre en nueva ventana

Servicio de caja básico

Es el servicio de caja mínimo garantizado por parte del Banco de España a las entidades de crédito que lo soliciten. 

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