Espacio controlado de pruebas (sandbox)

La Ley 7/2020, de 13 de noviembre, para la transformación digital del sistema financieroAbre en nueva ventana, establece un conjunto de medidas para fomentar la innovación financiera en España, entre las que destaca la creación de un espacio controlado de pruebas, lo que en el ámbito internacional se conoce como sandbox.

Este entorno se caracteriza por ser un espacio seguro en el que probar los proyectos que supongan una innovación financiera de base tecnológica aplicable en el sistema financiero y en el que los riesgos para el sistema financiero y los participantes han sido mitigados o minimizados.

Estado del proceso: Convocatoria abierta

La Secretaria General del Tesoro y Financiación Internacional (SGTFI) ha convocado la séptima cohorte para la presentación de proyectos al sandbox mediante la presente resoluciónAbre en nueva ventana.

El plazo para la presentación de proyectos para la séptima convocatoria será entre el 1 de marzo y el 15 de abril de 2024.

Más información disponible en:

https://www.tesoro.es/sandbox/cohortes/septima-cohorteAbre en nueva ventana

Objetivo

El espacio controlado de pruebas permite probar, con todas las garantías necesarias y bajo la vigilancia de la autoridad supervisora, proyectos de innovación financiera de base tecnológica, siempre que cumplan, a juicio de la autoridad supervisora, con los requisitos de acceso recogidos en la Ley 7/2020.

El sandbox pretende de este modo garantizar que las autoridades financieras dispongan de instrumentos adecuados para seguir cumpliendo óptimamente con sus funciones en el nuevo contexto digital y facilitar el proceso innovador en España.

Adicionalmente, se vigilará que la participación en el espacio controlado de pruebas no impida garantizar plenamente los objetivos de política pública en tres ámbitos especialmente sensibles: la protección de datos de carácter personal, la protección a los usuarios de servicios financieros y la prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

Los requisitos para el acceso al espacio controlado de pruebas están recogidos en el artículo 5 de la Ley 7/2020:

  • Los proyectos han de aportar una innovación de base tecnológica aplicable en el sistema financiero y encontrarse suficientemente avanzados para probarse.
  • Los proyectos deberán aportar potencial valor añadido en, al menos, uno de los siguientes aspectos: a) Facilitar el cumplimiento normativo; b) Suponer un beneficio para los usuarios de los servicios financieros; c) Aumentar la eficiencia de entidades o mercados; o, d) Proporcionar mecanismos para la mejora de la regulación o el mejor ejercicio de la supervisión financiera.
  • Las autoridades supervisoras tendrán en consideración el impacto del proyecto en el sistema financiero español.

El espacio controlado de pruebas es coordinado por la Secretaria General del Tesoro y Financiación Internacional (SGTFI), quien preside la Comisión de CoordinaciónAbre en nueva ventana.

En la Comisión de Coordinación participan representantes de las autoridades supervisoras (Banco de España-BdE-, la Comisión Nacional del Mercado de Valores-CNMV- y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones-DGSFP) y de otras autoridades como el Servicio Ejecutivo de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC) o la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

El espacio controlado de pruebas consta de tres grandes fases: acceso, pruebas y salida.

  • El acceso se solicita ante la SGTFI (ver siguiente apartado). Las autoridades supervisoras realizan la evaluación del proyecto mediante un informe previo favorable o desfavorable en base a los requisitos de acceso recogidos en la Ley 7/2020. A la luz de dicha evaluación, la SGTFI publica el listado de proyectos admitidos provisionalmente en el Sandbox.
  • Antes de iniciar la fase de pruebas, se requiere que el promotor o grupo de promotores, junto con las autoridades supervisoras, suscriban un protocolo que especifique las normas y condiciones de las pruebas. En el caso de que se involucren participantes reales en dichas pruebas, el promotor además debe recabar los consentimientos informados de dichos participantes, a través de la obtención de "documentos informativos únicos", y activar los sistemas de garantías e indemnizaciones.
  • En cuanto al régimen de salida, la ley contempla la posibilidad de acortar trámites en caso de que sea necesaria licencia o autorización para el posterior ejercicio de la actividad profesional. En el documento de conclusiones, las autoridades supervisoras podrán identificar posibles barreras normativas que obstaculicen la innovación financiera.

La admisión y participación en el espacio controlado de pruebas no supone, en ningún caso, el otorgamiento de una autorización para el comienzo del ejercicio de una actividad reservada o para la prestación habitual de servicios financieros con carácter profesional.

La ley prevé dos cohortes anuales para solicitar el acceso al sandbox y que cualquier promotor, o grupo de promotores, sean personas físicas o jurídicas, puedan solicitar su entrada al mismo. Los plazos de cada cohorte se publican en la web de la SGTFI.

Los interesados deberán presentar su solicitud, dentro del plazo habilitado a tal efecto, a través de la sede electrónica de la SGTFI, acompañada de una memoria justificativa según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 7/2020.

La SGTFI ha publicado una guía de acceso al espacio controlado de pruebas para los promotores que puede consultarse en este este enlace:

El plazo de presentación de solicitudes de la primera convocatoria fue entre el 12 de enero y el 23 de febrero de 2021 y se recibieron un total de 66 solicitudes, de las cuales en torno a dos tercios fueron asignadas inicialmente al Banco de España, en solitario o junto a otras autoridades supervisoras. De los proyectos revisados por el Banco de España, 10 proyectos recibieron evaluación previa favorable, y 6 pasaron finalmente a pruebas, tras la firma del correspondiente protocolo.

La segunda convocatoria estuvo abierta entre el 1 de septiembre y el 13 de octubre de 2021 y se recibieron un total de 13 solicitudes. De estas solicitudes, 8 correspondieron inicialmente al Banco de España y 1 fue objeto de evaluación previa favorable por parte de esta institución.

La tercera convocatoria estuvo abierta entre el 1 de marzo y el 12 de abril de 2022. De los proyectos revisados por el Banco de España, 2 proyectos recibieron evaluación previa favorable.

La cuarta convocatoria estuvo abierta entre el 1 de septiembre y el 13 de octubre de 2022. De los proyectos revisados por el Banco de España, 2 proyectos recibieron evaluación previa favorable. En uno de ellos esta institución actuará como autoridad observadora.

La quinta convocatoria se llevó a cabo desde el 1 de marzo hasta el 12 de abril de 2023. De los proyectos revisados por esta institución, 4 han recibido evaluación previa favorable.

El plazo para presentación de proyectos estuvo abierto entre el 1 de septiembre y el 13 de octubre de 2023

El Banco de España elabora, conforme al artículo 17.3 de la Ley 7/2020, un documento de conclusiones valorando el desarrollo y resultados de las pruebas de aquellos proyectos que las hayan finalizado. A continuación, puede consultar los documentos de conclusiones de los siguientes proyectos:

Documentos de conclusiones 1ª cohorte

Documentos de conclusiones 2ª cohorte

Documento de conclusiones 3ª cohorte

Esta lista se irá actualizando conforme los proyectos vayan culminando las pruebas y se aprueben los documentos de conclusiones correspondientes.

En caso de que usted tenga dudas sobre el procedimiento o los requisitos de entrada de nuestro sandbox, o si desea contarnos en qué consiste su proyecto de innovación tecnológica aplicable al sistema financiero, estamos a su disposición a través de nuestro hub de innovación en el email   Envío de correo electrónico: Abre en nueva ventana

Por favor, tenga presente que no podemos confirmar si su solicitud de acceso al sandbox sería exitosa en caso de que desee presentar su proyecto en una futura convocatoria.

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