Proyectos tecnológicos de innovación financiera (Sandbox)

Finalidad

  • Efectuar una evaluación previa de las solicitudes relativas a proyectos de innovación tecnológica aplicables al sistema financiero que se presenten por los promotores para acceder al entorno controlado de pruebas.
  • Suscribir y ejecutar el protocolo de pruebas con los promotores de proyectos que reciban una evaluación previa favorable.
  • Supervisar, en un entorno controlado, las pruebas de proyectos que aporten una innovación de base tecnológica aplicable al sistema financiero y gestionar su salida y eventual pasarela de acceso a la actividad del art.18 de la Ley 7/2020.
  • Dar respuesta a las consultas sobre innovación tecnológica aplicada a la prestación de servicios financieros (art. 20 de la Ley 7/2020).

Base Legal

  • El consentimiento otorgado por los participantes en las pruebas para el tratamiento de sus datos personales.
  • La ejecución de un contrato en el que el interesado es parte.
  • El cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos prevista en la Ley 7/2020, de 13 de noviembre, para la transformación digital del sistema financiero.

Categoría de interesados

  • Participantes personas físicas en las pruebas o representantes de personas jurídicas participantes.
  • Promotores, asociados a los promotores o representantes de ambos siempre que sean personas físicas.
  • Personas físicas o representantes de personas jurídicas que realicen consultas en el marco del artículo 20 de la Ley 7/2020.

Categoría de datos

  • Datos identificativos: Nombre y apellidos, NIF
  • Datos de contacto: Correo electrónico, dirección postal, teléfono.
  • Datos profesionales y académicos: Cargo desempeñado, empresa, datos de apoderamiento.
  • Datos económicos y financieros: Información financiera de los participantes que se derive de las pruebas que se realicen en el entorno controlado.
  • Datos de características personales: Nacionalidad y edad.
  • Datos tecnológicos: Dirección IP, logs, etc.

Plazo de conservación de datos

Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos

Medidas de seguridad

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica

Cesiones

  • Autoridades supervisoras del Sandbox (CNMV y DGSFP)
  • Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)
  • Servicio Ejecutivo de Prevención del Blanqueo de Capitales (SEPBLAC)
  • Otros organismos competentes de la Administración Pública, incluyendo autoridades de otros Estados miembros que participen en pruebas transfronterizas
  • Jueces y Tribunales

Transferencias internacionales de datos

No están previstas transferencias internacionales de los datos tratados

Responsable del tratamiento

Banco de España
NIF: Q2802472G

Delegado de Protección de Datos

División de Gobernanza y Transparencia
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Ejercicio de derechos y reclamaciones

Puede consultar si es obligatorio que facilite sus datos personales, así como el procedimiento para ejercer sus derechos, retirar su consentimiento si este resulta aplicable y presentar una reclamación ante el Delegado de Protección de Datos o la AEPD en la Política de Privacidad.

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