E
En general, es la parte contraria en una transacción financiera. En el ámbito del Eurosistema, esta expresión se refiere al conjunto de entidades de crédito de la zona del euro con las que este efectúa determinadas operaciones de política monetaria. Para ser reconocidas como tal, las entidades deben cumplir los llamados criterios generales de selección: estar sujetas al sistema de reservas mínimas obligatorias establecido por el Eurosistema, ser financieramente solventes y cumplir los requisitos operativos que los bancos centrales nacionales, y en su caso el Banco Central Europeo establezcan. Las entidades seleccionadas pueden: participar en operaciones de mercado abierto del Eurosistema (operaciones principales de financiación, operaciones de financiación a plazo más largo, operaciones de ajuste y operaciones estructurales) y acceder a las facilidades permanentes.