Anualmente se realiza un análisis de las fuentes de riesgo y vulnerabilidades del sector bancario, que es la base para la fijación de las prioridades supervisoras del MUS.
Estas prioridades sirven de guía para la planificación de las actividades supervisoras específicas.
La vigilancia directa y continua sobre las entidades significativas se articula principalmente a través de los Equipos Conjuntos de Supervisión - Joint Supervisory Teams (JST, en inglés), formados por personal del BCE y de la autoridad nacional del país donde radica la entidad supervisada. Desarrollan su trabajo bajo la coordinación de un miembro del BCE, asistido a su vez por uno o varios subcoordinadores pertenecientes a las autoridades nacionales relevantes. Estos equipos realizan una evaluación continua del perfil de riesgo y de la adecuación de la solvencia y de la liquidez de las entidades dentro del Proceso de Revisión y Evaluación Supervisora – Supervisory Review and Evaluation Process", (SREP, en inglés).
La vigilancia continua se complementa con actuaciones in situ, que incluyen inspecciones en las que se analizan en profundidad riesgos concretos e investigaciones de modelos en las que se revisan los modelos para el cálculo de requerimientos de capital. Las actuaciones in situ se llevan a cabo mediante equipos específicos, distintos de los JST. Las conclusiones de las inspecciones pueden desembocar en medidas correctivas a aplicar por las entidades.
Los criterios y las políticas supervisoras del MUS se fijan en el Consejo de Supervisión. A su elaboración contribuyen de forma conjunta el BCE y las autoridades nacionales competentes a través de grupos de trabajo de expertos. Su aplicación garantiza la consistencia de la supervisión en los países del MUS.
En el caso de las entidades consideradas menos significativas, que el Banco de España supervisa de forma directa, se sigue un esquema análogo al de las entidades significativas: anualmente se establece un conjunto de prioridades supervisoras que sirve para planificar las actividades de seguimiento continuado y las actuaciones in situ, desarrolladas por equipos diferenciados.
Sobre estas entidades menos significativas, el BCE ejerce una supervisión indirecta, solicitando información a las autoridades nacionales y pudiendo emitir reglamentos, directrices o instrucciones generales para garantizar la coherencia de la supervisión e incluso asumir la supervisión directa de alguna de estas entidades.