La unión bancaria es un elemento clave de la unión económica y monetaria. Su objetivo es garantizar que:
- los bancos sean sólidos y puedan resistir a futuras crisis financieras;
- se reduzca la fragmentación de los mercados estableciendo normas armonizadas para el sector financiero;
- la resolución de los bancos inviables se lleve a cabo sin recurrir al dinero de los contribuyentes y con unas repercusiones mínimas para la economía real.
La unión bancaria se basa actualmente en dos pilares plenamente operativos: el Mecanismo Único de Supervisión (MUS) y el Mecanismo Único de Resolución (MUR)
. De cara al futuro, es deseable completarla con la creación de un esquema común de garantía de los depósitos.
El MUS tiene su origen en junio de 2012, cuando los Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión Europea decidieron impulsar la creación de un supervisor bancario único con el objetivo de mejorar la calidad de la supervisión en la zona del euro, favorecer la integración de los mercados y romper el vínculo negativo que se había creado entre la confianza en las entidades bancarias y las dudas sobre la sostenibilidad de la deuda pública.
La creación del MUS tuvo lugar con la aprobación del Reglamento (UE) n ° 1024/2013 del Consejo, de 15 de octubre de 2013, que encomienda al Banco Central Europeo (BCE) tareas específicas respecto de la supervisión prudencial de las entidades de crédito, y comenzó a funcionar plenamente el 4 de noviembre de 2014.
El MUS es un sistema integrado por el Banco Central Europeo (BCE) y las Autoridades nacionales competentes (ANC)
, dentro del que el BCE se responsabiliza de su funcionamiento eficaz y coherente. Su ámbito de actuación se extiende a los países cuya moneda es el euro y a aquellos otros Estados miembros de la Unión Europea que deseen sumarse estableciendo una cooperación estrecha. Actualmente, Bulgaria participa en el MUS por esta vía.
La supervisión del sistema bancario se lleva a cabo aplicando el marco legal establecido en la legislación comunitaria y en sus desarrollos nacionales. La existencia de un supervisor único y de un conjunto de textos legislativos comunes (el código normativo único) contribuye a garantizar la igualdad de condiciones para las entidades en todos los países participantes.