Sociedades de capital-riesgo

Definición

Entidades de capital-riesgo constituidas como sociedades anónimas.

Información adicional

Al tener personalidad jurídica, estas entidades pueden encargarse de su propia gestión, si bien, habitualmente recurren a los servicios de una sociedad gestora.

Las sociedades de capital-riesgo se integran en el subsector «otros intermediarios financieros, excepto compañías de seguros y fondos de pensiones», S. 125 en la sectorización del Sistema Europeo de Cuentas 2010.

Conceptos relacionados

Referencias

Normativa

Fecha de actualización: mayo de 2025

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