Fondos de capital-riesgo europeos

Definición

Fondos de capital-riesgo que, al cumplir con un conjunto de requisitos y condiciones uniformes en la Unión Europea, son comercializables en ese ámbito.

Información adicional

Su inversión debe materializarse, al menos en un 70%, en dar apoyo a empresas admisibles, tales como Pymes jóvenes e innovadoras.

Estas entidades se integran en el subsector «fondos de inversión no monetarios», S.124 en el Sistema Europeo de Cuentas 2010.

Conceptos relacionados

Referencias

Fecha de actualización: septiembre de 2024

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