Definición
Los depósitos transferibles son depósitos intercambiables por efectivo a la vista y por el nominal y que pueden utilizarse directamente para efectuar pagos mediante cheque, efecto comercial, orden de giro, adeudo/abono directo, u otro mecanismo de pago directo, sin penalización o restricción.
Información adicional
Los depósitos transferibles se encuadran en la categoría 2.2 de la clasificación de instrumentos financieros, según el Sistema Europeo de Cuentas 2010, dentro de la categoría 2, «Efectivo y depósitos»
Clasificación de instrumentos financieros (Sistema Europeo de Cuentas 2010).
Conceptos relacionados
Referencias
Fecha de actualización: septiembre de 2024