Definición
Instituciones de inversión colectiva que invierten principalmente en activos inmobiliarios para explotarlos en régimen de alquiler o ponerlos a la venta una vez haya aumentado su valor, con el fin de generar rendimientos. Pueden constituirse como fondos de inversión inmobiliaria, con una sociedad gestora que los administra y representa, o bien como sociedades.
Información adicional
Estas instituciones están englobadas en el subsector «fondos de inversión no monetarios», S.124 en el Sistema Europeo de Cuentas 2010.
Conceptos relacionados
Referencias
- Sistema Europeo de Cuentas 2010. Versión interactiva
- Tabla de sectorización (Sistema Europeo de Cuentas 2010).
Fecha de actualización: septiembre de 2024