Fondo de Restructuración Ordenada Bancaria (FROB)

Definición

El FROB es una entidad de Derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada para el desarrollo de sus fines, que tiene por objeto gestionar los procesos de entidades de crédito y/o empresas de servicios de inversión en su fase ejecutiva.

Información adicional

El papel del FROB ha ido evolucionando desde sus orígenes hasta el nuevo escenario de la Unión Bancaria bajo el que lleva actuando desde 2015. En sus inicios comenzó siendo un «fondo» en sentido estricto, nutrido con recursos del FGD y con dinero público para apoyar ciertos procesos de integración de antiguas cajas de ahorros. En la actualidad, en el marco de resolución definido por la Ley 11/2015 y por el Reglamento UE 806/2014, el FROB es la Autoridad Española de Resolución en fase ejecutiva financiada exclusivamente con contribuciones privadas de las entidades y que se integra en la red europea de autoridades liderada desde Bruselas por la Junta Única de Resolución (JUR).

En el ámbito de la Contabilidad Nacional se clasifica en el sector de las Administraciones Públicas.

Sitio web del FROB.

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Referencias

Normativa

Fecha de actualización: septiembre de 2024

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