Finalidad
- Tramitación de órdenes de cobro y pago en divisas
- Mantenimiento de depósitos en divisas de organismos públicos
- Ejecución de operaciones de gestión de carteras
- Prevención de operaciones fraudulentas en transferencias liquidadas a través de STEP2
- Grabación de las conversaciones telefónicas relativas a operaciones contratadas de gestión de carteras para la verificación del correcto funcionamiento del procedimiento de contratación y resolución de discrepancias, así como para la investigación o comprobación de incumplimientos laborales o actuaciones presuntamente desleales, fraudulentas o ilícitas
Base Legal
Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos:
- Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España
- Ley 10/2010, de 28 de abril, de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo
Ejecución de un contrato en el que el interesado es parte
Interés legítimo de los ordenantes de operaciones respecto al tratamiento vinculado con la prevención de operaciones fraudulentas
Categoría de interesados
- Beneficiarios
- Contribuyentes y sujetos obligados
- Empleados
- Representantes Legales
Categoría de datos
- Datos identificativos: Nombre y apellidos, DNI/NIE, firma
- Datos de contacto: Teléfono, dirección
- Datos económicos y financieros: Datos relativos a transacciones, cuentas
- Datos relativos a la comisión de infracciones: Relativos a infracciones administrativas
Plazo de conservación de datos
Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos
Medidas de seguridad
De conformidad con lo previsto en la Disposición adicional primera de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, las medidas de seguridad implantadas en Banco de España se corresponden con las previstas en el Esquema Nacional de Seguridad.
Cesiones
- Entidades de crédito y otras entidades financieras
- Sepblac
- Jueces y Tribunales
- Otros organismos competentes de la Administración Pública
Transferencias internacionales de datos
Entidades financieras extracomunitarias receptoras de las órdenes de cobro y el pago de divisas. Las transferencias internacionales de datos a dichas entidades son necesarias para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte, por lo que están permitidas de conformidad con la excepción prevista en el artículo 49.1.b) del RGPD.
Responsable del tratamiento
Banco de España
NIF: Q2802472G
Delegado de Protección de Datos
Ejercicio de derechos y reclamaciones
Puede consultar si es obligatorio que facilite sus datos personales, así como el procedimiento para ejercer sus derechos, retirar su consentimiento si este resulta aplicable y presentar una reclamación ante el Delegado de Protección de Datos o la AEPD en la Política de Privacidad.