Atención de las consultas sobre normativa de ordenación y disciplina de entidades supervisadas y aplicación de la tecnología a los servicios financieros
Finalidad
- Tramitar y dar respuesta a las consultas formuladas en materia de interpretación y aplicación de la normativa de ordenación y disciplina de entidades sujetas a la supervisión del Banco de España, excepto las de conducta de mercado, transparencia bancaria y protección de la clientela, y contabilidad (artículo 7.5.g) de la Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España).
- Tramitar y dar respuesta a las consultas sobre normativa financiera sectorial relacionada con un caso de aplicación de la tecnología a la prestación de servicios financieros (art. 21 de la Ley 7/2020, de 13 de noviembre, para la transformación digital del sistema financiero).
Base Legal
Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos, con base en las siguientes normas:
- (i) Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España (artículo 7.5.g).
- (ii) Ley 7/2020, de 13 de noviembre, para la transformación digital del sistema financiero (artículo 21).
Categoría de interesados
Personas físicas o representantes de personas jurídicas que realizan las consultas reguladas en el artículo 7.5.g) de Ley 13/1994 y en el artículo 21 de la Ley 7/2020.
Categoría de datos
- Datos identificativos: Nombre, apellidos y NIF
- Datos de contacto: Correo electrónico y dirección postal
- Datos profesionales y académicos: Cargo desempeñado, empresa, datos de apoderamiento
- Datos económicos y financieros: Transacciones e información financiera
Plazo de conservación de datos
Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos
Medidas de seguridad
De conformidad con lo previsto en la Disposición adicional primera de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, las medidas de seguridad implantadas en Banco de España se corresponden con las previstas en el Esquema Nacional de Seguridad.
Cesiones
- Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV)
- Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP)
- Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)
- Servicio Ejecutivo de Prevención de Blanqueo de Capitales (SEPBLAC)
- Otros organismos competentes de la Administración Pública
- Jueces y Tribunales
Transferencias internacionales de datos
No están previstas transferencias internacionales de los datos tratados
Responsable del tratamiento
Banco de España
NIF: Q2802472G
Delegado de Protección de Datos
Ejercicio de derechos y reclamaciones
Puede consultar si es obligatorio que facilite sus datos personales, así como el procedimiento para ejercer sus derechos, retirar su consentimiento si este resulta aplicable y presentar una reclamación ante el Delegado de Protección de Datos o la AEPD en la Política de Privacidad.