Convenio para la persecución del fraude financiero por personas o entidades no autorizadas

VIGENTE

Fecha de finalización: 28/07/2029

Formalización
28/07/2025
Publicación BOE
29/09/2025

Título oficial

Convenio entre el Banco de España y la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General de Policía) para la persecución del fraude financiero por personas o entidades no autorizadas

Instituciones

  • Banco de España

  • Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General de Policía)

Objeto

Fijar el marco de colaboración entre la Dirección General de la Policía, a través de la UCDEF de la CGPJ, y el Banco de España, en materia de persecución del fraude financiero y, en particular, de las personas físicas o jurídicas que, pese a no hallarse inscritas en los registros del Banco de España, pudieran ofrecer o realizar actividades legalmente reservadas a las entidades supervisadas por el Banco de España (actividades reservadas) o utilizar indebidamente denominaciones reservadas a estas entidades (denominadas reservadas)

Obligaciones económicas

Este convenio no comporta ningún tipo de contraprestación económica para las partes.

Documentación

Nombre del documento/enlace Formalización
Abre en nueva ventana Documentación BOE 28/07/2025

Departamento de Transparencia y Comunicación