Convenio para la persecución del fraude financiero por personas o entidades no autorizadas

VIGENTE

Fecha de finalización: 24/04/2030

Formalización
23/04/2026

Título oficial

Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General de la Guardia Civil) y el Banco de España, para la persecución del fraude financiero por personas o entidades no autorizadas

Instituciones

  • Banco de España

  • Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General de la Guardia Civil)

Objeto

Este Convenio tiene por objeto fijar el marco de colaboración entre la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General de la Guardia Civil), a través de la Jefatura de Policía Judicial, y el Banco de España, en materia de persecución del fraude financiero y, en particular, de las personas físicas o jurídicas que, pese a no hallarse inscritas en los registros del Banco de España, pudieran ofrecer o realizar actividades legalmente reservadas a las entidades supervisadas por el Banco de España («actividades reservadas» ) o utilizar indebidamente denominaciones reservadas a estas entidades («denominaciones reservadas»).

Obligaciones económicas

Sin contenido económico.

Documentación

Nombre del documento/enlace Formalización
Abre en nueva ventana Documentación BOE 23/04/2026

Departamento de Transparencia y Comunicación