Las máquinas de tratamiento de billetes pueden clasificarse según dos tipologías:
Estos dos tipos de máquinas deben permitir el tratamiento de centenares de billetes, clasificar los billetes como auténticos o sospechosos (billetes rechazados) -sin la intervención de un operador- y separar físicamente los billetes sospechosos (rechazados) de los clasificados como auténticos.
Las máquinas de tratamiento de billetes deben cumplir los requisitos establecidos en la Decisión del Banco Central Europeo de 16 de septiembre de 2010 (BCE/2010/14) sobre la comprobación de la autenticidad y aptitud de los billetes en euros y sobre su recirculación, modificada por la Decisión del Banco Central Europeo de 7 de septiembre de 2012 (BCE/2012/19), procedimiento común en todo el Eurosistema; lo que implica que la superación de las pruebas en un banco central nacional permita la utilización de la máquina en cualquier país del Eurosistema.
Los fabricantes o agentes autorizados (en el caso de que el fabricante no tenga representante en la Unión Europea) que deseen solicitar la realización de las pruebas deben seguir los pasos que se indican en el siguiente enlace:
Hasta el 10 de enero de 2013, la información facilitada acerca de las denominaciones y las series que la máquina admite se refiere solo a la primera serie de billetes en euros. La ausencia hasta el 10 de enero de 2013 de cualquier indicación de que la máquina admita la segunda serie de billetes en euros (SE2) no significa que la máquina no sea compatible con los billetes de la segunda serie. Se invita a los usuarios de las máquinas de tratamiento de billetes a ponerse en contacto con los fabricantes para comprobar si sus máquinas serán compatibles con los billetes de la SE2.