Billetes y monedas

Monedas conmemorativas y de colección

Desde enero de 2004, se denominan monedas de colección en euros aquellas que no están destinadas a la circulación, acuñadas normalmente en metales preciosos, con un valor nominal y diseño diferente de las destinadas a la circulación.

Además, deben diferir perceptiblemente de las que circulan en, al menos, dos de las siguientes tres características: color, peso y diámetro.

Por su parte, las monedas conmemorativas, son monedas destinadas a la circulación y de curso legal en toda la zona del euro, que cumplen las siguientes condiciones:

  • Tienen una cara nacional diferente de la habitual y mantienen la común.
  • Solo son de 2 euros.
  • Se permite una emisión por año y por Estado miembro.
  • Tienen limitado el volumen máximo de emisión.
  • Se destinan a conmemorar algún acontecimiento o personalidad.
  • Hay que informar seis meses antes de las características de la emisión.

Con la primera moneda conmemorativa en euro emitida en España, se hizo memoria del IV centenario de la primera edición de la obra El ingenioso hidalgo don Quijote de la Mancha.

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