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Cuentas directas

¿Qué son?

Las cuentas directas son cuentas de valores abiertas en el Banco de España para mantener los saldos de deuda del Estado materializada en anotaciones en cuenta de sus titulares.

Dichos saldos de valores permanecen segregados por cuenta directa a nombre de sus titulares en el registro de terceros del Banco de España.

La titularidad de una cuenta directa, en ningún caso, permite la apertura de una cuenta corriente en el Banco de España a nombre del titular de la cuenta directa.

El Banco de España podrá rechazar la apertura o dar de baja una cuenta directa cuando su titular o titulares no efectúen en los plazos establecidos los desembolsos correspondientes a sus peticiones de suscripción, o cuando con su actuación se ponga en peligro el buen funcionamiento del Servicio de Cuentas Directas.

¿Qué ofrecen?

En general:

  • El ejercicio de los derechos económicos que se derivan de los saldos de deuda anotada (cobro de intereses, amortizaciones, canjes), que se harán efectivos mediante una transferencia bancaria a la cuenta designada por el titular.
  • La reinversión de la deuda amortizada, a petición del titular, siempre y cuando coincida la amortización con el día de nuevas emisiones de deuda (el calendario de emisiones de letras se confecciona de tal forma que todas las emisiones enlazan con una amortización). Si existe la posibilidad de reinvertir, el Banco de España avisa a los titulares con tiempo suficiente para hacerlo.
  • La información puntual de la gestión mediante el envío por correo de los resguardos de formalización de operaciones, solicitudes de reinversión, comunicación de abonos de efectivo, cartas con información fiscal, etc.
  • La posibilidad de traspasar la deuda anotada, antes de su vencimiento, a otra entidad participante en los mercados de deuda pública españoles o a la entidad designada en turno de oficio por BME para las ventas en el mercado secundario.

¿Qué excluyen?

  • No pueden efectuarse operaciones de compraventa de deuda del Estado en el mercado secundario de deuda.
  • No pueden registrarse cambios de titularidad derivados de cualquier transacción realizada en el mercado secundario.

¿Qué gastos ocasionan?

Las transferencias de efectivo devengan a favor del Banco de España las comisiones que acuerda su Comisión Ejecutiva. Actualmente están fijadas en el 1,5 por mil, con un mínimo de 0,9 euros y un máximo de 200 euros, sobre el importe que debe transferirse.

¿Cómo reclamar?

Los ciudadanos que no estén de acuerdo con la actuación del Banco de España como entidad participante en los mercados de deuda pública españoles podrán presentar una reclamación ante la Subdirección General de Deuda Pública de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera o ante el Departamento de Conducta de Entidades del propio Banco de España.

Trámites posibles en Banco de España en relación al servicio de cuentas directas