Registros oficiales de carácter público

Finalidad

  • Gestión de los expedientes de solicitud de registro de entidades y personas físicas sujetas a la obligación de inscripción como condición para el ejercicio de su actividad, así como la gestión y publicación de los registros a cargo de Banco de España de las mismas.
  • Recepción de las declaraciones responsables de los operadores, distintos al Banco de España, de sitios web de comparación de comisiones que aplican los proveedores de servicios de pago.

Base Legal

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos:

  • Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito
  • Real Decreto-Ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera
  • Ley 21/2011, de 26 de julio, de dinero electrónico
  • Real Decreto-ley 24/2021 de 2 de noviembre, de transposición de directivas de la Unión Europea en las materias de bonos garantizados, distribución transfronteriza de organismos de inversión colectiva
  • Ley 5/2015 de 28 de abril, de fomento de la financiación empresarial
  • Ley 1/1994, de 11 de marzo, sobre Régimen Jurídico de las Sociedades de Garantía Recíproca
  • Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo
  • Real Decreto-ley 19/2017, de 24 de noviembre, de cuentas de pago básicas, traslado de cuentas de pago y comparabilidad de comisiones
  • Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario
  • Ley 13/1996, de 30 de diciembre. Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social
  • Real Decreto 775/1997, de 30 de mayo, sobre el régimen jurídico de homologación de los servicios y sociedades de tasación
  • Real Decreto 2660/1998, de 14 de diciembre, sobre cambio de moneda extranjera en establecimientos abiertos al público distintos de las entidades de crédito

Categoría de interesados

  • Solicitantes de inscripción en los registros del Banco de España
  • Personas físicas cuyos datos consten inscritos en los registros del Banco de España
  • Representantes legales de los solicitantes
  • Personas de contacto de los solicitantes
  • Agentes de entidades supervisadas
  • Comercializadores de entidades supervisadas
  • Promotores de entidades supervisadas
  • Distribuidores de entidades de dinero electrónico
  • Profesionales vinculados a sociedades de tasación
  • Representantes designados de intermediarios de crédito inmobiliario

Categoría de datos

  • Datos identificativos: Nombre y apellidos, NIF
  • Datos de contacto: Correo electrónico, dirección postal, teléfono
  • Datos profesionales y académicos: Detalles del empleo y formación
  • Datos económicos y financieros: Información comercial, de negocio y de riesgos crediticios
  • Datos de características personales: Nacionalidad, fecha de nacimiento, información relativa a litigios civiles en los que el interesado haya estado involucrado
  • Datos tecnológicos: Direcciones de sitios web en caso de contener datos personales
  • Datos relativos a la comisión de infracciones penales y administrativas, de conformidad con lo previsto en el artículo 30 del Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito sobre los requisitos de honorabilidad comercial y profesional y todas aquellas normas que a ella refieren.

Plazo de conservación de datos

Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos

Medidas de seguridad

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica

Cesiones

  • Tesorería General de la Seguridad Social
  • Tribunal de Cuentas o equivalentes autonómicos
  • ICAC
  • Órganos de la Unión Europea (EBA)
  • Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV)
  • Sepblac
  • Otros organismos competentes de la Administración Pública
  • Jueces y Tribunales

Transferencias internacionales de datos

Los datos personales que constan incluidos en los Registros públicos son accesibles a través de internet en cumplimiento de una misión de interés público asignada al Banco de España en la normativa indicada en el apartado de base legal, que exige que dichos registros sean públicos y accesibles. Ello supone que dichos datos personales son objeto de una transferencia internacional fuera del Espacio Económico Europeo, que resulta necesaria por razones importantes de interés público, al amparo de lo previsto en el artículo 49.1.d) del RGPD

Responsable del tratamiento

Banco de España

NIF: Q2802472G

Delegado de Protección de Datos

División de Gobernanza y Transparencia
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Ejercicio de derechos y reclamaciones

Puede consultar si es obligatorio que facilite sus datos personales, así como el procedimiento para ejercer sus derechos, retirar su consentimiento si este resulta aplicable y presentar una reclamación ante el Delegado de Protección de Datos o la AEPD en la Política de Privacidad.

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