Las reclamaciones sobre actividades relacionadas con la comercialización de seguros, planes o fondos de pensiones, aunque los productos hayan sido contratados con entidades sujetas a la supervisión del Banco de España, no son competencia del Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones del Banco de España, sino del servicio establecido al efecto por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
En consecuencia, no son competencia de este Servicio, los siguientes supuestos:
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