Normas de reproducción de billetes

La reproducción de billetes en euros no es una actividad liberalizada. Se requiere autorización previa del banco central nacional del país en que vaya a hacerse la reproducción o del Banco Central Europeo (BCE) si se va a realizar en más de un país.

Excepcionalmente y previa petición por escrito, podrán aceptarse reproducciones que no cumplan los criterios establecidos, siempre que se considere que éstas no sean susceptibles de ser confundidas por el público con billetes en euros.

En el caso de que no se cumplan los requisitos establecidos para considerarse reproducciones lícitas o que no cuenten con la exención acordada por parte del banco central nacional o Banco Central Europeo, se considerarán ilícitas y queda prohibida su producción, posesión, transporte, difusión, venta, promoción, importación a la Unión y su uso o intento de utilización para operaciones.

Multimedia contacto 920x 518 - generica

Contacto Departamento de Efectivo