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Imprimir¿Contra qué entidades se puede reclamar?

Se puede presentar una reclamación en el Servicio de Reclamaciones del Banco de España contra:

  • Las entidades de crédito autorizadas para operar dentro del territorio nacional, lo que incluye bancos, cajas de ahorros, el Instituto de Crédito Oficial (ICO), la Confederación Española de Cajas de Ahorro (CECA), cooperativas de crédito y establecimientos financieros de crédito.
  • Las sociedades de tasación.
  • Los establecimientos de cambio de moneda autorizados a realizar operaciones de venta de billetes extranjeros y cheques de viajero o gestión de transferencias en el exterior.
  • Las entidades financieras de la Unión Europea (UE). En este caso a través de la red FIN-NET de la que es miembro el Servicio de Reclamaciones.

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    C/ Alcalá, 48
    28014 Madrid
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    De 8.30 a 17.00 h

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