Las instituciones financieras deben comunicar al Banco de España por vía telemática las operaciones y saldos de activos y pasivos exteriores en valores negociables cuando actúen como entidades depositarias o liquidadoras en los mercados organizados de valores negociables o mantengan valores depositados en entidades no residentes. Las sociedades gestoras de fondos de inversión deben informar exclusivamente de las participaciones de no residentes en fondos de inversión españoles.
En concreto deben aportar:
La información deberá presentarse por medios telemáticos en el Banco de España, según se detalla en el apartado 3 de las normas de mecanización de la Circular 2/2001
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La aplicación Formulario de Declaración de Valores Negociables, una vez instalada en el ordenador, permite la elaboración y gestión de la información que debe remitirse al Banco de España. Las instituciones financieras interesadas en utilizar esta aplicación deberán contactar con la Unidad de Operaciones con el Exterior, del Departamento de Estadística, para que, en función del volumen de su operativa, se les indique si pueden utilizarla.
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