Los tipos de interés de referencia oficial son los que a continuación se citan. Su definición y fórmula de cálculo se explica en el Anexo VIII de la
Circular del Banco de España 8/1990, de 7 de septiembre.
Referencia interbancaria a un año (euribor). Es la media aritmética simple de los valores diarios de los días con mercado de cada mes del tipo de contado publicado por la Federación Bancaria Europea para las operaciones de depósito en euros a plazo de un año. Se calcula a partir de los ofertados por una muestra de bancos para operaciones entre entidades de similar calificación.
Tipo interbancario a un año (mibor). Este índice sólo es un índice oficial para los préstamos hipotecarios de antes del 1 de enero de 2000. Se define como la media simple de los tipos de interés diarios a los que se han cruzado operaciones a plazo de un año durante los días hábiles del mes en el mercado de depósitos interbancario de Madrid (de ahí la eme de mibor).
En cualquier caso, el buen funcionamiento del mercado interbancario europeo hace que la evolución de este índice sea casi igual que la del euribor.
Tipo de los préstamos hipotecarios a más de tres años concedidos por los bancos. Es la media de los tipos de interés cobrados por el conjunto de los bancos en los préstamos hipotecarios a más de tres años para la financiación de viviendas libres. En el cálculo del promedio se utilizan tipos anuales equivalentes.
Tipo de los préstamos hipotecarios a más de tres años concedidos por las cajas. Es lo mismo que el anterior, pero referido a las operaciones de las cajas de ahorros.
Tipo de los préstamos hipotecarios a más de tres años concedidos por el conjunto de las entidades de crédito. Es la tercera versión del mismo tipo. La media es del total de bancos y cajas de ahorros.
Tipo activo de referencia de las cajas de ahorro (indicador CECA, tipo activo). En el cálculo de este índice intervienen:
Los tipos utilizados son los tipos anuales equivalentes.
Tipo de rendimiento interno en el mercado secundario de la deuda pública. El cálculo de este índice viene dado por los rendimientos obtenidos en el mercado secundario, en las operaciones realizadas con títulos de deuda pública cuyo vencimiento residual se sitúe entre dos y seis años.
El Banco de España publica mensualmente estos índices en el Boletín Oficial del Estado. Dado que el EURIBOR, el MIBOR y el Tipo de rendimiento interno en el mercado secundario de Deuda Pública de plazo entre 2 y 6 años se pueden obtener en cuanto finaliza el mes, el Banco de España emite, a partir de los datos correspondientes a diciembre de 2008, dos resoluciones distintas cada mes, en lugar de una única como venía haciendo hasta esa fecha.
Una, en los primeros días de cada mes, que recoge los índices disponibles en ese momento (EURIBOR, MIBOR y Deuda Pública entre 2 y 6 años). Otra se seguirá publicando como hasta ahora con los restantes índices de referencia que se conocen a partir del día 15 (tipos medios de los préstamos hipotecarios a más de tres años para adquisición de vivienda libre de bancos, cajas de ahorro y del conjunto de entidades de crédito, y tipo activo de referencia de las cajas de ahorro). cuadro ![]()
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