Puede reclamar cualquier persona, física o jurídica, que sea cliente de una entidad supervisada por el Banco de España, por actuaciones concretas de bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, el Instituto de Crédito Oficial, la Confederación Española de Cajas de Ahorro, establecimientos financieros de crédito, entidades de Pago, entidades de dinero electrónico, sociedades de tasación y establecimientos de cambio de moneda extranjera autorizados para realizar operaciones de venta de billetes extranjeros y cheques de viajero.
Los motivos de su reclamación deben estar relacionados con cuestiones que le afecten a usted en sus intereses y derechos reconocidos en:
Para mayor información sobre estos temas recurra a la página del Servicio de Reclamaciones del Banco de España 