Entrega gratuita tanto la Ficha de Información Precontractual (FIPRE) como de la Ficha de Información Personalizada (FIPER), en las que se especifiquen (ver Anexos I y II de la Orden), con carácter orientativo, las condiciones financieras de los préstamos y los gastos preparatorios de la operación que corren a cargo del cliente (tasación, comprobación de la situación registral del inmueble...) aun cuando el préstamo no llegue a firmarse.
Tiene derecho a consultar la Central de Información de Riesgos del Banco de España (C.I.R.), para comprobar las deudas con entidades de crédito que figuran a su nombre. La entidad también tiene derecho a consultar estos ficheros evaluando la capacidad de solvencia del solicitante para atender sus compromisos, no solo de garantía del bien hipotecado. Le deben informar del resultado de la consulta a dichos ficheros si por ello se le deniega el préstamo.
Tiene derecho a proponer y elegir de mutuo acuerdo con el banco o la caja la persona o entidad que vaya a llevar a cabo la tasación del inmueble objeto de la hipoteca y la que se vaya a encargar de la gestión administrativa de la operación. También podrá acordar con la entidad la compañía aseguradora que cubrirá los riesgos que la entidad prestamista exija para la formalización del préstamo.
Como cliente, usted tiene derecho a conocer quiénes son y cuánto cobran los profesionales que realizarán los servicios accesorios vinculados al préstamo, y la justificación de la efectiva prestación de los mismos.
Habitualmente la entidad sólo aceptará el encargo de esos servicios a profesionales o empresas de su confianza, puesto que es ella la que corre con el riesgo de la operación. No obstante, desde diciembre de 2007, si Vd. aporta una tasación certificada por un tasador homologado que no esté caducada, la entidad no podrá cobrarle por una nueva tasación.
Entrega de una copia del informe de tasación (o el original si la operación no llega a formalizarse) cuando dicho gasto es por cuenta del cliente.
Una vez realizada la tasación del inmueble y las oportunas comprobaciones, usted tiene derecho a que la entidad de crédito le entregue por escrito una completa información sobre las condiciones del préstamo que ha decidido concederle, en forma de una oferta vinculante que podrá incorporar o unir a la FIPER y que endrá una validez mínima de 14 días naturales; si la entidad no accede a concederle el préstamo, deberá notificarle la denegación del mismo.
Tiene derecho a consultar el proyecto de escritura del préstamo hipotecario en la notaría al menos durante los tres días hábiles anteriores a su otorgamiento y exigir al notario, caso de que exista alguna contradicción respecto al contenido de la oferta vinculante, que la haga constar a la entidad para su debida corrección.
Solicitar al notario copia de la escritura del préstamo, pagando su importe.
Recibir los documentos de liquidación y justificantes de pago del préstamo hipotecario.