Clases de empréstitos y cómo se transmiten
Valores emitidos por las entidades de crédito
Las entidades de crédito emiten valores de renta fija de diferentes
características.
Según el plazo de vencimiento (es decir, lo que
dura el empréstito), suelen clasificarse en:
-
Pagarés. Son valores emitidos a muy corto plazo (normalmente,
a menos de 1 año).
-
Bonos simples. Emitidos a corto y medio plazo (a 3 y 5 años).
-
Obligaciones. Emitidas a más largo plazo.
Otros valores de renta fija son:
-
Los títulos hipotecarios. A su vez, se clasifican
en
- Cédulas hipotecarias. Tienen una garantía especial:
toda la cartera de créditos hipotecarios de la entidad
- Bonos hipotecarios. La garantía afecta sólo a los
créditos hipotecarios específicamente relacionados,
por escritura, con la emisión de dichos bonos.
- Participaciones hipotecarias. Permite participar en créditos
hipotecarios concretos, asumiendo su riesgo de impago.
-
Bonos y obligaciones subordinadas. El que posee el valor
tiene menos garantías que los acreedores ordinarios
de la entidad. Eso supone que, si la entidad se liquida porque no puede
pagar sus deudas, los tenedores de bonos y obligaciones subordinadas
únicamente cobrarán después de que lo hayan hecho
todos los acreedores ordinarios de la entidad (titulares de depósitos
a la vista y a plazo, tenedores de pagarés, obligaciones, bonos,
etc.), si aún quedan activos suficientes. El riesgo
es mayor, y el tipo de interés también
debería ser más alto.
-
Participaciones preferentes. Son valores aún
más subordinados que los subordinados del punto anterior: en
caso de liquidación o disolución del emisor, sus poseedores
sólo cobrarían después de todos los acreedores
ordinarios de la entidad y también después de los tenedores
de valores subordinados. Además, en determinados casos de insuficiencia
de recursos o pérdidas, las participaciones preferentes serían
las primeras sacrificadas. El riesgo, pues, es elevado.
Es posible que usted también haya oído hablar de valores
simples y convertibles. Dicha diferenciación
hace referencia al modo de pagar al vencimiento del valor. En los primeros
el emisor devolverá al vencimiento del valor su importe en dinero.
En los convertibles el emisor entregará al tenedor de los valores
otros valores, normalmente acciones, en número y la forma convenida
en el momento de la emisión.