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Cuáles son las comisiones bancarias

Normalmente, pero no siempre (dependerá de lo pactado en el contrato de cuenta), la comisión de mantenimiento de cuenta incluye:

  • El suministro del talonario de cheques.
  • La utilización de los llamados "cheques de ventanilla".
  • El cobro en efectivo de un cheque (salvo que se realice en una oficina distinta a la de de la cuenta del que lo emite). 

Las comisiones bancarias más habituales en el uso de cheques son las siguientes:

Compensación o negociación. Se paga por el servicio que presta la entidad en la que se presenta el cheque al gestionar su cobro ante la entidad librada, (la que debe pagarlo) es decir, donde tiene su cuenta el firmante del documento.  Habitualmente, es un porcentaje del importe del cheque, y suele haber una comisión mínima por operación. La paga el que lo haya presentado al cobro.

Devolución. Cuando un cheque no se paga o se paga en parte, se produce su devolución, lo cual genera en la entidad una serie de gastos de gestión. Esta comisión, que suele ser más alta que la de compensación o negociación,  también se fija por lo general como un porcentaje de la suma del cheque, con un importe mínimo. La paga el que lo haya presentado al cobro.

Conformidad. Se cobra cuando el que firma o emite el cheque pide a la entidad (normalmente por exigencia del que va a recibir el documento) que dé conformidad  al cheque, es decir, que garantice que tiene fondos y que se va a pagar. Suele ser un porcentaje del importe del cheque, con un mínimo por operación. La paga el emisor o librador del cheque.

Gestión de protesto ante notario. Por encargarse la entidad librada de ir al notario a protestarlo. Suele ser una cantidad fija. La paga el que lo haya presentado al cobro.

Gestión de declaración de impago. Por lo general, es un determinado porcentaje del importe del cheque, con una cantidad mínima. La paga el que lo ha presentado al cobro.  Si se presentan a través del Sistema Nacional de Compensación Electrónica (S.N.C.E.), será siempre la entidad tomadora del cheque –donde se ingresa- quien efectúe la declaración del impago en nombre del Sistema Nacional de Compensación Electrónica, y cobrará la correspondiente comisión al beneficiario del cheque. Si se presenta directamente ante la entidad librada, será ésta la que haga la declaración y cobre la comisión al cliente presentador.

Otras comisiones bancarias. Además, las entidades bancarias pueden cobrar comisiones y gastos por la emisión de cheques bancarios, la emisión o compra de cheques de viaje, emisión de talonarios con características especiales (en papel continuo, por ejemplo), gestión de cobro de cheques no normalizados, emisión de cheques de la cuenta de la entidad librada en el Banco de España, etc.

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