Robo o extravío: En estos casos habrá que comunicar rápidamente dichas circunstancias a la entidad librada, y el tenedor desposeído podrá acudir ante el juez para evitar que se pague a tercera persona, para que se anule el cheque y para que se le reconozca como su titular.
Cheques falsificados: En caso de pago de cheque falsificado, se podrán reclamar de la entidad librada los daños y perjuicios, salvo que el librador haya sido negligente en la custodia del talonario de cheques o en otros aspectos.