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Robo, extravío y cheques falsificados

Robo o extravío: En estos casos habrá que comunicar rápidamente dichas circunstancias a la entidad librada, y el tenedor desposeído podrá acudir ante el juez para evitar que se pague a tercera persona, para que se anule el cheque y para que se le reconozca como su titular.

Cheques falsificados: En caso de pago de cheque falsificado, se podrán reclamar de la entidad librada los daños y perjuicios, salvo que el librador haya sido negligente en la custodia del talonario de cheques o en otros aspectos.

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