En el momento de abrir o constituir un depósito, la entidad le pedirá el NIF (número de identificación fiscal) y el DNI o pasaporte (o cualquier documento que permita comprobar su identidad). También le pedirá información sobre la finalidad o uso que pretende dar al depósito y si actúa por cuenta propia o de otra persona, entre otros datos. En depósitos a nombre de menores de edad o discapacitados, las entidades podrán pedir el NIF de su representante legal.
Estos datos son obligatorios. Las entidades de crédito tienen que identificar a todos sus clientes y conocer el uso que hacen de los servicios bancarios para evitar en la medida de lo posible su utilización con fines fraudulentos, como por ejemplo el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Usted también tiene la obligación de colaborar, y debe proporcionar información veraz y puntual.
Por las mismas razones, la entidad de crédito le exigirá su identificación e información adicional si pretende ingresar en efectivo o presentar cheques para su cobro en efectivo por una cantidad superior a 3.005,06 euros. También se le pedirá en caso de determinados ingresos o pagos procedentes o con destino a países extranjeros.
En todas estas situaciones, las entidades tienen la obligación y el soporte legal necesarios para solicitar información a los clientes, quienes deben colaborar en la consecución de los fines de interés general que con ello se persiguen.
Si desea más información consulte las páginas del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias ![]()