31/10/06
Cambios en el sistema de tramitación de transferencias nacionales
La creación de una zona única de pagos para el euro (SEPA) tiene como objetivo poder operar en toda la zona del euro con la misma facilidad, seguridad y coste con la que actualmente se hace en el ámbito nacional, de forma que prácticamente desaparecerá la actual distinción entre pagos nacionales y transfronterizos. El proyecto de la SEPA se encuentra ya en una fase avanzada de desarrollo y, cuando se haya completado, permitirá que los particulares y empresas puedan utilizar una única cuenta para todo tipo de cobros y pagos, incluso de muy pequeño importe, sea cual sea el país de la zona del que procedan o al que se dirijan.
El desarrollo de la SEPA exige, además de procedimientos e infraestructuras comunes que aporten un alto grado de eficiencia al sistema, una cierta armonización de las prácticas bancarias que se siguen en la prestación de servicios de pago.
En España, el Sistema Nacional de Compensación Electrónica, gestionado actualmente por la sociedad privada Iberpay, ha dado un paso en la adaptación a estos cambios al tratar de homogeneizar con los usos bancarios internacionales el modo de gestionar una parte de las transferencias que se transmiten a través de dicho sistema.
Hasta ahora este Sistema sólo permitía la tramitación de transferencias nacionales en las que sus comisiones y gastos eran a cargo del ordenante de la operación. Sin embargo las transferencias internacionales han venido admitiendo la posibilidad de que el ordenante decida si las comisiones y gastos de su tramitación son a su cargo, a cargo del beneficiario o si los comparten ambos de forma que cada uno se haga cargo de los que cobre su propio banco. Esta solución es la aplicada en la mayoría de los países de nuestro entorno y también es la que se aplicará en la SEPA.
Así, desde el pasado día 17 de octubre, el sistema gestionado por Iberpay está en condiciones técnicas de admitir la tramitación de transferencias en las que el ordenante haya indicado una forma de reparto de comisiones diferente de la tradicional.
El Banco de España, de acuerdo con la industria, ha excluido de este sistema a aquellas transferencias que tengan por objeto el pago de nóminas, pensiones u otro tipo de prestaciones, la devolución de impuestos y otros pagos similares.
En el marco de libertad de precios vigente en España en materia de tarifas de comisiones, este cambio supondrá que las entidades puedan tarifar comisiones por el abono de una transferencia recibida cuando su ordenante haya indicado que las comisiones y gastos son compartidos entre él y el beneficiario de la transferencia.
Antes de poder aplicar esta nueva modalidad, las entidades interesadas han de modificar su folleto de tarifas para incluir esas comisiones y enviar dichas modificaciones al Banco de España para su preceptivo registro previo. Los folletos han de estar a disposición de los clientes y el Banco de España también los publica en su Web en Internet.
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