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NOTICIAS MARZO 2005

09/03/05
Primera declaración judicial de suspensión de pagos de una familia

EEl Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona ha declarado la suspensión de pagos de un matrimonio que, debido a la enfermedad sufrida por el marido, no podía hacer frente a las deudas contraídas, en particular préstamos bancarios. Se trata de la primera decisión de este tipo que se conoce, en aplicación de la nueva Ley Concursal que entró en vigor el pasado mes de septiembre y que permite una solución similar a la que se puede poner en práctica para empresas en dificultades.

Por medio de un edicto publicado en el Boletín Oficial del Estado, el juez ha dictado la “declaración de concurso”, con lo que paraliza cualquier procedimiento de embargo de los bienes familiares, y ha pedido a los acreedores que comuniquen al juzgado las deudas contraídas por el matrimonio. Una vez conocidos esos datos se podrá elaborar la lista de acreedores e iniciar así una negociación entre las partes sobre la cuantía y el plazo de pago de dichas deudas.

Un auditor de cuentas colegiado, nombrado por el Juzgado como administrador de la “quiebra patrimonial familiar”, será el encargado de dirigir la negociación entre los acreedores y la familia.

La decisión judicial reserva una cantidad mínima de dinero de los ingresos familiares mensuales para poder cubrir sus necesidades básicas y establece que el resto de los ingresos será repartido entre los acreedores hasta cubrir el pago de la deuda.

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