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GLOSARIO

Comisionado para la defensa del cliente de servicios bancarios

Órgano en su día creado por la Ley de medidas de reforma del sistema financiero (año 2002), junto a los Comisionados para la defensa del inversor y el Comisionado para la defensa del asegurado y del partícipe en planes de pensiones. Su finalidad expresa era proteger los derechos del usuario de servicios bancarios, mediante la resolución de quejas, reclamaciones y consultas relacionadas con las entidades de crédito. Estaba adscrito al supervisor bancario, es decir, al Banco de España –aunque con la máxima autonomía de actuación-.

La ley establecía que la persona que fuese designada como Comisionado había de ser una persona de reconocido prestigio en el ámbito económico y financiero y con la necesaria experiencia profesional.

Esta figura fue sustituida (Ley 2/2011 de Economía Sostenible) por los respectivos Servicios de Reclamaciones de las tres instituciones supervisoras (Banco de España, Comisión Nacional del Mercado de Valores y Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones).


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