Para paliar los daños que se puedan producir a los particulares como consecuencia de la quiebra de una entidad bancaria o situación similar, lo que puede suceder pese a que están supervisadas, nacen losFondos de Garantía de Depósitos, organismos promovidos por los poderes públicos y al que se adhieren las entidades bancarias.
Un Fondo de Garantía de depósitos sirve para que los depositantes o inversores recuperen su dinero, hasta cierto límite, en caso de que una entidad adherida al fondo sea declarada en concurso de acreedores (los antiguos procedimientos de quiebra y suspensión de pagos) o tenga cualquier otro problema que le impida- tras declaración de su supervisor- hacer frente a sus pagos y obligaciones. Dicho límite es de 100.000 euros por depositante.
La garantía cubre:
Debe tenerse en cuenta que los fondos de garantía no cubren las pérdidas de valor de una inversión.