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Glosario de términos

T

  • TAE (Tasa Anual Equivalente)

    Tipo de interés que indica el coste o rendimiento efectivo de un producto financiero. La TAE se calcula de acuerdo con una fórmula matemática normalizada que tiene en cuenta el tipo de interés nominal de la operación, la frecuencia de los pagos (mensuales, trimestrales, etc.), las comisiones bancarias y algunos gastos de la operación. En el caso de los créditos, no se incluyen en el cálculo del coste efectivo algunos conceptos, como los gastos que el cliente pueda evitar en uso de las facultades que le concede el contrato, los gastos que han de abonarse a terceros o los gastos por seguros o garantías (salvo algún tipo particular y siempre que la entidad imponga su suscripción para la concesión del crédito).

  • Tipo de cambio efectivo del euro

    Media ponderada de los tipos de cambio bilaterales del euro en relación con las monedas de los principales socios comerciales de la zona. El Banco Central Europeo publica los índices de tipos de cambios efectivos nominales del euro frente a dos grupos de socios comerciales: el TCE-22, integrado por los 12 Estados miembros de la Unión Europea no pertenecientes a la zona del euro y los 10 principales socios comerciales extracomunitarios; y el TCE-42, compuesto por el TCE-22 y otros 20 países. Las ponderaciones utilizadas reflejan la participación de cada socio en el comercio de la zona del euro, así como la competencia en terceros mercados. Los tipos de cambio efectivos reales son tipos de cambio efectivos nominales deflactados por una media ponderada de precios o costes externos en relación con los precios o costes de la zona del euro. Por lo tanto, son medidas de competitividad en términos de precios y costes.

  • Tipo de interés

    Precio del dinero. Se puede definir como la suma que se paga por obtener en préstamo una cantidad de dinero (o que se recibe por prestarlo), expresada como porcentaje de esa cantidad.

  • Tipo de interés de las Instituciones Financieras Monetarias

    Tipo de interés aplicados por entidades de crédito y otras Instituciones Financieras Monetarias residentes, excluidos los bancos centrales y los fondos del mercado monetario, a los depósitos y préstamos denominados en euros frente a los hogares y las sociedades no financieras residentes en la zona del euro.

  • Tipo de interés de referencia

    Tipo de interés que se toma como base para el cálculo del tipo de interés que se ha de pagar en una operación financiera, normalmente añadiendo un porcentaje diferencial (por ejemplo, en los préstamos hipotecarios se suele utilizar el euríbor más un porcentaje que varía según la oferta de cada entidad).

  • Tipo de interés fijo

    Una operación -por ejemplo, un préstamo hipotecario- se realiza a tipo de interés fijo cuando este se mantiene inalterable a lo largo de toda su duración.

  • Tipo de interés legal

    De acuerdo con el Código Civil, es el que se aplica como indemnización de daños y perjuicios cuando el deudor incurriese en mora (retraso en el cumplimiento de su obligación) y no se haya pactado un interés determinado. Se determina en la Ley de Presupuestos Generales, siguiendo la tendencia de los mercados financieros.

  • Tipo de interés nominal

    Tipo que se menciona usualmente en los contratos en los que se pacta el pago de intereses y se caracteriza porque en él no se descuenta la tasa de inflación (por oposición al tipo de interés real, en el que se resta la inflación).

  • Tipo de interés variable

    Un préstamo se contrata a tipo de interés variable cuando se pacta la revisión de este en plazos determinados (normalmente cada semestre o cada año). Para proceder a esa revisión se fija un tipo de referencia -por ejemplo, el euríbor-, cuya evolución determina el incremento o reducción del pago de intereses.

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