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¿En qué casos el Servicio de Reclamaciones no admite una reclamación?

Puede denegarse una reclamación en los siguientes casos:

  • Cuando se omiten datos esenciales para la tramitación de la reclamación.
  • Cuando no se refieren a operaciones concretas, o las cuestiones planteadas son distintas de las aducidas ante el Servicio de Atención al Cliente de la entidad.
  • Cuando no se acredita que ha transcurrido el plazo de dos meses desde su presentación ante el Servicio de Atención al Cliente o Defensor del Cliente de la entidad.
  • Cuando se trata de hechos cuyo conocimiento es competencia de órganos administrativos, arbitrales o judiciales, o se encuentran en litigio ante estos órganos.
  • Cuando se formulan reclamaciones que reiteran otras anteriores.
  • Cuando ha transcurrido el plazo de extinción de acciones o derechos.

Hay que recordar que no es competencia del Servicio de Reclamaciones ni la valoración de los posibles daños y perjuicios ni el dictado de una orden de entrega de cantidades en concepto de indemnización.

Contacto

  • Dirección postal:

    C/ Alcalá, 48
    28014 Madrid

  • Tfno.

    901 545 400

    De 8.30 a 17.00 h

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