Servicios

¿Cuándo se puede presentar una reclamación en el Servicio de Reclamaciones?

Las reclamaciones deberán haberse formulado previamente, por escrito, ante el Servicio de Atención al Cliente o Defensor del Cliente de la entidad contra la que se reclame.

Estos deberán acusar recibo por escrito de las reclamaciones que se les presenten y resolverlas o denegarlas igualmente por escrito y motivadamente.

Solo cuando el reclamante acredite que se ha denegado su reclamación, que ha sido desestimada su petición o que han transcurrido dos meses desde la fecha de su presentación sin una resolución, se podrá interponer la reclamación ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España.

Contacto

  • Dirección postal:

    C/ Alcalá, 48
    28014 Madrid

  • Tfno.

    901 545 400

    De 8.30 a 17.00 h

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