¿Cómo y dónde se puede presentar una reclamación?
Una reclamación contra una entidad se puede presentar de dos maneras:
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Por vía telemática.
Para ello se necesita poseer un DNI electrónico u otro sistema de firma electrónica que el Banco de España reconozca, conforme al artículo 15.2 de la Ley 11/2007.
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Por escrito.
Deberá hacerse en el modelo oficial y reseñar, al menos, los siguientes datos:
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Identificación del interesado (nombre y apellidos o denominación social, domicilio -a efectos de notificaciones-, DNI y representación, en caso de haberla).
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Entidad o entidades contra las que se reclama y oficinas implicadas.
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Motivo concreto de la queja o reclamación.
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Acreditación del cumplimiento del trámite previo ante el Servicio de Atención o Defensor del Cliente de la entidad.
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Lugar, fecha y firma original.
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Se deberá adjuntar fotocopia de la documentación acreditativa de los hechos reclamados.
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Se puede presentar directamente en el Registro General del Banco de España o en cualquiera de sus sucursales o remitir por correo postal al Servicio de Reclamaciones.