Servicios de Atención al Cliente - Defensores del Cliente

Todas las entidades supervisadas por el Banco de España están obligadas a tener un Servicio de Atención al Cliente y, potestativamente, un Defensor del Cliente, conforme a lo dispuesto en la Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo.Abre en nueva ventana

El Banco de España, tras su verificación, hace públicos sus nombres, sus datos de contacto y, en el caso de las entidades de crédito, entidades de dinero electrónico y entidades de pago, sus reglamentos.

La aplicación que se ofrece a continuación le permite consultar la lista de todos los Servicios de Atención al Cliente y Defensores del Cliente. Si no ha sido nombrado o está pendiente de verificación, aparecerá como que no ha sido asignado.

Registro de Servicios de Atención al Cliente y Defensores del Cliente.Abre en nueva ventana