La normativa de transacciones con el exterior obliga a las personas físicas o jurídicas residentes en España, que no sean proveedores de servicios de pago, a facilitar una declaración ante el Banco de España con la información que se especifica a continuación:
Sistema vigente hasta el 31 de diciembre de 2013 (hay que tener en cuenta que las declaraciones relativas a diciembre de 2013 se presentarán en enero de 2014)
Sistema vigente para la información generada a partir del 1 de enero de 2013